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Autorización para la creación o adecuación de centros de conciliación y/o arbitraje
En qué consiste...
Permiso otorgado a las personas jurídicas sin ánimo de lucro, las entidades públicas, las facultades de ciencias humanas y sociales, los consultorios jurídicos de las Facultades de Derecho de las universidades y, en general a las personas facultadas por la ley, para la creación de centros de conciliación y/o arbitraje que permitan facilitar el acceso de los ciudadanos a la justicia.
Pasos a seguir...
1.Radicar la solicitud adjuntando la documentación requerida en la Oficina de Correspondencia del Ministerio de Justicia y del Derecho Carrera 9 No12C-10 Bogotá D.C..
2.Atender los requerimientos efectuados por la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, dentro de los plazos establecidos en la respectiva comunicación.
3.Recibir la comunicación de notificación de acuerdo a los términos establecidos por la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, a través de correo en la dirección registrada en la solicitud.
4.Notificarse personalmente el representante legal de la entidad solicitante, de la Resolución que resuelve el trámite, en la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Requisitos...
· De conformidad con lo estipulado en los artículos 10 y 11 de la Ley 640 de 2001, las personas jurídicas sin ánimo de lucro, las entidades públicas y los consultorios jurídicos de las facultades de derecho podrán crear Centros de Conciliación y/o Arbitraje, previa autorización del Ministerio de Justicia y del Derecho.
· Según lo establecido en los artículos 91 y 113 de la Ley 446 de 1998 y 10 de la Ley 640 de 2001, le compete al Ministerio de Justicia y del Derecho autorizar la creación de los Centros de Conciliación y/o Arbitraje y establecer los requisitos de la metodología de factibilidad para la autorización de los mismos, para el efecto se profirió la Resolución No. 1342 de 2004, mediante la cual se establecen los requisitos y procedimiento para la creación de los Centros de Conciliación y/o Arbitraje.
· La cartilla guía para la creación de Centros de Conciliación y/o Arbitraje publicada por el Ministerio del Interior y de Justicia, la cual contiene modelo de solicitud de creación de Centro, ejemplos prácticos para desarrollar el estudio de factibilidad, un modelo de Reglamento Interno de Centro de Conciliación y/o Arbitraje que contiene todos los requisitos legales a excepción del capítulo de tarifas DEL DECRETO 4089 DE 2007 que deben incluir cuando sea para la creación de Centros privados (personas jurídicas sin ánimo de lucro) los cuales cobran tarifas porque en los Centros públicos y de Consultorios Jurídicos el servicio es gratuito.
1. Cumplimiento de Resolución No. 1342 de 2004 especificaciones o estándares.
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2. Cumplimiento de especificaciones o estándares. Presentar un estudio de factibilidad coherente y razonable que cumpla con criterios de conveniencia y oportunidad soportado en información verificable.
3. Estar inscrito/afiliado en. Estar constituido legalmente
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