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Programa Nacional de Cocniliación

REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE AVAL PARA CAPACITAR CONCILIADORES

Los artículos 91 de la Ley 446 de 1998 y 7 de la Ley 640 de 2001 y el Decreto 3756 de 2007 autorizan a los Centros de Conciliación, Universidades, Organismos Gubernamentales y Organismos no Gubernamentales, para solicitar al Ministerio del Interior y de Justicia el aval que los autoriza para formar Conciliadores.

Guía para solicitar el aval para capacitar Conciliadores

Descargue aqui Formato solicitud otorgamiento de Aval y verificación de requisitos legales

Los requisitos para la solicitud de aval para capacitar Conciliadores los encuentran en el Decreto 3756 de 2007

Las entidades interesadas (Centros de Conciliación, Universidades, Organismos Gubernamentales y Organismos no Gubernamentales) deben dirigir la respectiva solicitud a la doctora JUDHY STELLA VELASQUEZ HERRERA, Directora de la Dirección de Acceso a la Justicia del Ministerio del Interior y de Justicia a la Carrera 9 No.14-10, con el siguiente contenido:

1. Solicitud por escrito suscrita por el Representante Legal de la entidad autorizada para obtener el aval y anexar documentos que acrediten la existencia y representación legal.

2. Contar con un Centro de Conciliación autorizado por el Ministerio del Interior y de Justicia.

3. Que el Centro de Conciliación no tenga sanciones impuestas por el Ministerio en los últimos 3 años.

4. Presentar un Plan de Estudios para la capacitación en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, que contenga los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 3756 de 2007, a saber:

4.1 El plan de estudios se dividirá en tres módulos: básico, entrenamiento y pasantía. La aprobación de cada módulo será requisito para continuar con la capacitación.

4.2 Presentación y objetivos de cada módulo.

4.3 Sistema de evaluación de cada módulo de docentes y alumnos.

4.4 Contar con un Director del curso, el cual deberá acreditar experiencia mínima de dos años en formación de Conciliadores.

4.5 El Plan de Estudios deberá cumplir con los siguientes ejes temáticos:

4.5.1 EJES TEMÁTICOS PARA LA FORMACIÓN DE ABOGADOS CONCILIADORES. Los abogados en ejercicio interesados en inscribirse en un Centro de Conciliación deberán aprobar la capacitación en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, con el siguiente contenido mínimo:

Modulo Básico: Teoría del conflicto, Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, La conciliación, El conciliador, Centros de conciliación, Marco legal y jurisprudencial de la conciliación, Línea institucional de la conciliación del Ministerio del Interior y de Justicia, Conciliación en Familia, Conciliación en Civil, Conciliación en Comercial, Conciliación en Penal, Conciliación en Laboral, Conciliación en Administrativo y Conciliación en Transito. Duración del modulo. 50 horas.

Modulo de Entrenamiento: Técnicas y habilidades de la comunicación, Técnicas y habilidades de negociación y conciliación, Trabajo interdisciplinario en la conciliación, Procedimiento conciliatorio, Audiencia de conciliación, El acuerdo conciliatorio. Duración del modulo. 60 horas.

Modulo de Pasantía: Acompañamiento de un caso de conciliación, Audiencia de conciliación asistida. Para la pasantía el alumno deberá acompañar a un conciliador desde el inicio hasta la finalización de una solicitud de conciliación para conocer el procedimiento conciliatorio en su totalidad, y el docente deberá acreditar una experiencia mínima de un año en la realización de conciliaciones. La duración dependerá de la práctica.

4.5.2. EJES TEMÁTICOS PARA LA FORMACIÓN DE ESTUDIANTES Y JUDICANTES CONCILIADORES. Para efectos de realizar la practica en los centros de conciliación de los consultorios jurídicos, los estudiantes de derecho y judicantes deberán aprobar la capacitación en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, con el siguiente contenido mínimo:

Modulo Básico: Teoría del conflicto, Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, La conciliación, El conciliador, Centros de conciliación, Marco legal, jurisprudencial y conceptual de la conciliación, Conciliación en Familia, Conciliación en Civil, Conciliación en Comercial. Duración del modulo. 20 horas.

Modulo de Entrenamiento: Técnicas y habilidades de comunicación y conciliación, Procedimiento conciliatorio, Audiencia de conciliación, El acuerdo conciliatorio. Duración del modulo. 30 horas.

Modulo de Pasantía: Observación de la audiencia de conciliación, Audiencia de conciliación asistida. Para la pasantía, el docente deberá acreditar una experiencia mínima de un año en la realización de conciliaciones. La duración dependerá de la práctica.

4.5.3. EJES TEMÁTICOS PARA LA FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS CONCILIADORES. El Ministerio del Interior y de Justicia velará para que los funcionarios que la ley habilita para ser conciliadores reciban la capacitación en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, con el siguiente contenido mínimo:

Modulo Básico (Dependiendo de la competencia): Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, La conciliación, El conciliador, Marco legal, jurisprudencial y conceptual de la conciliación, Conciliación en Familia, Conciliación en Civil, Conciliación en Comercial, Conciliación en Laboral, Conciliación en Penal, Conciliación en Administrativo (dependiendo de la competencia). Duración del modulo. 15 horas.

Modulo de Entrenamiento (Dependiendo de la competencia): Técnicas habilidades de comunicación y conciliación, Procedimiento conciliatorio, Audiencia de conciliación, El acuerdo conciliatorio. Duración del modulo. 20 horas.

Modulo de Pasantía (Dependiendo de la competencia): Observación de audiencia de conciliación. La duración dependerá de la práctica. Los funcionarios habilitados por la ley para conciliar recibirán la capacitación con los ejes temáticos orientados a su competencia.

Asistencia. En todos los cursos de capacitación los alumnos deberán asistir como mínimo a un 80% de las sesiones de los módulos básico y de entrenamiento y la pasantía es obligatoria.

Material. La entidad avalada para formar conciliadores entregará a los alumnos el material que utilice en los cursos con anterioridad a la sesión que corresponda.

Recursos físicos y logísticos. La entidad avalada para formar conciliadores garantizará los recursos físicos y logísticos necesarios para el desarrollo satisfactorio de los cursos. (Allegar pruebas de la capacidad física del Centro tales como fotografías de los auditorios para tal efecto).

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